Promoción del Emprendimiento (ley 2069 del 31 de dicimebre de 2020)
Por: Juanita Betancur M.
María Paula Valencia P.
El pasado 31 de diciembre de 2020 fue expedida la Ley 2069, por medio de la cual se impulsa el emprendimiento en Colombia. A continuación, nos permitimos exponer algunos de los aspectos relevantes en materia corporativa:
- Se reemplaza la causal de disolución por pérdidas tanto para sociedades como para sucursales de sociedades extranjeras, por “el no cumplimiento de la hipótesis de negocio en marcha al cierre del ejercicio”.
- Se modifica el número de asociados que podrán solicitar la convocatoria del máximo órgano social: de un número de asociados que representen al menos una cuarta parte del capital social, a mínimo, un número de asociados que representen el 10 % del capital social.
- Se faculta al Gobierno Nacional para regular los siguientes asuntos:* Plazo y forma de convocar las reuniones ordinarias de los máximos órganos sociales del 2021 y las pendientes del 2020.
* Alianzas con entidades (entre ellas fintech) para la profundización de microcréditos.
*Actividades de crowdfuding y las entidades autorizadas para ejercerla.
* Emprendimientos verdes.
- Se ordena al Gobierno Nacional regular los siguientes asuntos:* Franquicias como alternativa para el emprendimiento y la expansión de MiPymes.
* En un término que no supere los 6 meses, el uso de firma electrónica y digital como herramienta para facilitar la innovación y transformación digital.
* Captación del ahorro por parte de las asociaciones mutuales.
* Alternativa simplificada de constitución de cooperativas y requisitos para que las MiPymes se asocien a las cooperativas.
* Promoción de actividades de ciencia, tecnología e innovación para los sectores agropecuario y agroindustrial.
* Apoyo por parte de las redes de ángeles inversionistas al emprendimiento.
* Centros de emprendimiento “CEmprende”.
* Creación de una red de empresarios solidarios y voluntariados para emprendimientos nacientes.
- Se reduce de 25 a 10 el número mínimo de personas naturales requeridas para constituir una asociación mutual. Adicionalmente, se amplían las actividades propias de las asociaciones mutuales.
- Se reduce de 20 a 3 el número de fundadores para la constitución de una cooperativa; se simplifica su proceso de constitución; se establecen límites frente a la participación accionaria máxima que podrán tener los asociados, así como disposiciones en relación con los órganos corporativos.
- Se clasifica a las cooperativas y a las demás entidades de la economía solidaria como MiPymes.
- Se adicionan operaciones sobre las cuales el Fondo Nacional de Garantías S.A. actuará como garante, incluyendo, por ejemplo, valores representativos de deuda, de capital y de FICs que busquen apalancar o impulsar proyectos productivos generadores de crecimiento económico y empleo.
- Obliga a los intermediarios y a las organizaciones especializadas en crédito microempresarial, a reportar sus honorarios y comisiones cobradas, al respectivo órgano de inspección, vigilancia y control.
- Se crea el “Fondo Mujer Emprende” como un patrimonio autónomo, que, en conjunto con iNNpulsa, apoyarán y financiarán el emprendimiento empresarial de las mujeres.
- Se crea “CEmprende” (centros de emprendimiento), en donde se conecta al emprendedor con la academia, la empresa privada, el estado y la sociedad, con el fin de desarrollar el emprendimiento y la innovación.
- Recibirán apoyo y promoción por parte del gobierno:
* Emprendimientos sociales con impacto en el bienestar de las comunidades, zonas rurales, regiones con altos índices de pobreza, reconstrucción y rehabilitación del municipio de Providencia afectado por el huracán IOTA y municipios PDET.* Emprendimientos verdes con impacto en el cuidado, protección y preservación del medio ambiente en zonas rurales y en zonas con altos índices de pobreza. - A partir del 1ro de enero de 2022 se traslada de la Superintendencia de Industria y Comercio a la Superintendencia de Sociedades, las siguientes competencias:* Inspección, vigilancia y control a las cámaras de comercio.
* Imposición de multas a las personas que ejerzan profesionalmente el comercio sin estar inscritas en el registro mercantil.
* Apelación contra los actos de las cámaras de comercio.
- Finalmente, se extiende hasta el 31 de diciembre de 2021, es decir, por un año más, la posibilidad para Bancoldex de otorgar créditos directos con tasa compensada a los sectores elegibles.
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