La reciente sanción de 5,6 millones de dólares impuesta por Comisión Federal de Comercio (FTC) a tres compañías de gas por violar la Ley Hart-Scott-Rodino (HSR), reavivó las discusiones sobre los eventos en que se considera que una empresa infringió su obligación de contar con la autorización de la autoridad de competencia para realizar una operación de integración (“Gun Jumping”).
¿Qué se decidió y por qué?
La FTC encontró que XCL y Verdun, quienes acordaron adquirir EP en una transacción valorada en 1.400 millones de dólares, asumieron el control operativo de esta última sin contar con la autorización requerida por la Ley HSR. Dicha norma establece que, de manera previa a la realización de cualquier transacción, las partes deben presentar una notificación a la autoridad de competencia y respetar un periodo de espera, dentro del cual la autoridad debe revisar posibles efectos anticompetitivos y decidir si permite la transacción.
En el caso analizado, según la Comisión Federal de Comercio, XCL y Verdun coordinaron con EP decisiones operativas de alta importancia sin haber obtenido de manera previa la autorización de los reguladores. Las decisiones operativas incluyeron la suspensión de perforaciones, la gestión de contratos y la fijación de precios para clientes en Texas y Utah, lo cual tuvo un impacto directo en el mercado de petróleo crudo, contribuyendo a una escasez de suministro en un contexto de precios históricamente altos.
La FTC, resolvió que esta coordinación anticipada representó una violación grave a la Ley HSR (régimen de integraciones empresariales), al eliminar la independencia operativa de EP de manera previa a la autorización de la FTC y al cierre de la transacción. Por lo tanto, se impuso una sanción por “Gun Jumping”, la mayor en la historia de Estados Unidos, y se exigió la desinversión de los activos de EP en Utah para restaurar las condiciones de competencia en el mercado.
Enseñanzas
La coordinación de las intervinientes en la transacción con anterioridad al visto bueno de la autoridad de competencia puede tener consecuencias significativas tanto para las empresas involucradas en la transacción como para el mercado. En este caso, según la FTC, la interferencia de XCL y Verdun en las operaciones de EP llegó a afectar directamente la oferta de petróleo y perjudicó a los consumidores con aumentos en los precios. También terminó por perjudicar a las compañías con una multa pecuniaria y la expedición de órdenes en relación con su operación.
Este caso reafirma la rigurosidad con la que los reguladores están dispuestos a actuar para hacer cumplir la ley de competencia, y para prevenir efectos anticompetitivos derivados de integraciones empresariales que puedan distorsionar la competencia antes de ser aprobadas.
Las empresas deben garantizar independencia operativa entre las intervinientes en la transacción durante el periodo de espera, hasta que la integración sea autorizada por las autoridades antimonopolio (en el caso colombiano es, en la mayoría de transacciones, la Superintendencia de Industria y Comercio). De esta forma, las empresas que buscan fusionarse deben actuar de manera independiente y no compartir información privilegiada o coordinar su oferta en el mercado o decisiones de negocio antes de ser autorizadas, pues cualquier nivel de coordinación que trascienda los límites de un acuerdo de fusión pueden ser interpretados como una violación a la normativa de competencia.
Foto de FreePick