¡OPORTUNIDAD TRIBUTARIA!
Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés
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Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés
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Reducción transitoria de sanciones y de tasa de interés
Por: Camila Mejía
Sebastián Correa
La Ley 2155 de 2021 (la “Reforma Tributaria”), consagró en su artículo 45 una reducción transitoria de sanciones y tasa de interés para los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN, por los entes territoriales y para las obligaciones parafiscales de determinación y sancionatorias que se encuentren en proceso de cobro adelantado por la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales -UGPP (lo anterior, no aplica a los aportes e intereses del Sistema General de Pensiones).
Dichas obligaciones se deben encontrar en mora a junio 30 de 2021 y su incumplimiento se debió haber ocasionado o agravado por la pandemia generada por el COVID-19, el artículo en mención fue reglamentado en días pasados por la Resolución 000126 del 29 de octubre de 2021.
La reducción establecida por el artículo 45, es una oportunidad para que los sujetos de obligaciones administradas por la DIAN y los entes territoriales, se pongan al día con sus obligaciones tributarias. A continuación, mencionamos los aspectos más relevantes para tener en cuenta de dicha reducción:
¿Cuáles son los requisitos para acceder a las reducciones consagradas en el artículo 45 de la Reforma Tributaria?
- El pago o la suscripción de facilidades de pago con la DIAN de las obligaciones, sanciones e intereses de que trata el artículo 45 hasta el 31 de diciembre de 2021.
- Que se trate de obligaciones administradas por la DIAN o los entes territoriales que presenten mora en el pago al 30 de junio de 2021.
- Que el incumplimiento se haya ocasionado o agravado como consecuencia de la pandemia generada por el COVID-19.
¿A cuánto equivalen las reducciones establecidas por el artículo 45?
El cumplimiento de los requisitos mencionados anteriormente, permiten al contribuyente:
- Reducir las sanciones actualizadas al 20% del monto previsto en la legislación tributaria, aduanera o cambiaria, sin perjuicio de las sanciones mínimas contempladas en la ley (la sanción mínima establecida en el Estatuto Tributario para el 2021 es de COP 363.000).
- La liquidación del interés moratorio empleando una tasa de interés diaria equivalente al 20% de la tasade interés bancario corriente para la modalidad de créditos de consumo y ordinario.
¿Qué se entiende por obligaciones administradas por la DIAN?
- Impuestos internos del orden nacional cuya competencia no esté asignada a otras entidades del Estado.
- Tributos aduaneros, obligaciones derivadas de la gestión aduanera y demás obligaciones y sanciones aduaneras.
- Obligaciones y sanciones contempladas en el régimen cambiario.
Finalmente, reiteramos que la reducción de sanciones y tasa de interés que consagró la Nueva Reforma Tributaria en su artículo 45, resulta ser una verdadera oportunidad para los contribuyentes que en este momento tienen cargas con el Estado y, podrán beneficiarse con ésta poniéndose al día con sus obligaciones fiscales.
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