Por: Cristian Parra
En el mundo moderno, los sistemas informáticos impactan todos los aspectos de la vida en sociedad, incluyendo aspectos laborales, comerciales, educativos y sociales; sin dejar atrás el mundo jurídico.
Es así como alrededor de sistemas novedosos como las plataformas digitales se han venido transformando los esquemas jurídico-procesales, por dos vías: i) La justicia virtual, consistente en el uso de herramientas tecnológicas por parte de los sistemas de justicia tradicional y ii) los sistemas alternativos para la resolución de controversias, apoyados en las nuevas tecnologías.
En efecto, dentro de los retos del derecho procesal, se encuentra el de encontrar mecanismos para regular y solucionar conflictos que se susciten en esferas digitales, los cuales presentan complejidades a la hora de determinar la competencia del juez, la identidad de las partes, la normativa aplicable, entre otros. A modo de ejemplo, vale la pena traer a colación, las controversias que pueden surgir a través de redes sociales como Facebook, Instagram y Tik-Tok, las cuales, a pesar de tener un domicilio determinado, generan relaciones entre sujetos a nivel global, sin que dependan de una jurisdicción en concreto.
Así, los ODR o mecanismos de resolución de disputas en línea, han surgido como un mecanismo para resolver problemas en el mundo digital, a través de softwares o aplicativos que tienen como objetivo el trámite y solución de una controversia entre dos o más partes, sin intervención alguna de las instituciones de justicia tradicional. De manera automatizada y sin intervención humana, los ODR han llegado a recibir reclamaciones, notificar a la contraparte, proponer fórmulas de arreglo, concretar el arreglo y documentarlo, entre otros; interviniendo un tercero humano, imparcial, únicamente cuando la fórmula propuesta por el ODR no es aceptada por las partes.
Dentro de los elementos novedosos que traen los ODR, vale la pena mencionar que, frente a la ejecución o el cumplimiento de lo acordado, el sistema incorpora sus propios mecanismos de ejecución al interior de la plataforma, los cuales se encuentran representados en sanciones de carácter reputacional, sanciones a los usuarios -a través del bloqueo temporal y permanente de la cuenta-, retención de pagos pendientes, suspensión de los servicios y adopción de restricciones al interior de la plataforma.
Teniendo en cuenta lo anterior, es posible identificar múltiples ventajas de los ODR en comparación con la justicia tradicional, resaltando entre ellas, el acceso gratuito, la eliminación de discusiones en torno a la validez de las pruebas, los tiempos de respuesta, la eficiencia al tramitar un gran número de reclamaciones, la reducción de costos de transacción, entre otros.
En cuanto a su aplicación en el territorio colombiano, resulta preciso señalar que a través del Proyecto de Ley 584 de 2021, radicado ante la Cámara de Representantes, se pretende regular los ODR en el país, lo que sin duda podría marcar un antes y un después en el servicio de administración de justicia.