Especialmente, la detección y prevención del riesgo de lavado de activos y la financiación del terrorismo (“LA/FT”) es uno de los ejes que deben ser tomados con gran seriedad y responsabilidad por parte de las autoridades.
Es por lo anterior, que la Superintendencia de Sociedades ha identificado unos nuevos riesgos LA/FT derivados del COVID – 19 y unas prácticas de mitigación que deberán ser adoptadas por todas las empresas del sector real identificadas en el Capitulo X, de la Circular Básica Jurídica; y, que podrán servir de modelo para todas aquellas otras que deseen implementarlas como buenas prácticas empresariales.
Entre los nuevos riesgos LA/FT, se encuentran (i) el tráfico de medicamentos falsificados, (ii) fraudes económicos derivados de la incertidumbre económica, (iii) delitos de corrupción en la contratación, (iv) fraudes y delitos cibernéticos derivados del aumento de las operaciones financieras remotas, (v) uso de activos virtuales como método para el lavado de activos, (vi) reducción en el volumen de reportes de operaciones sospechosas, (vii) mal uso y abuso de las entidades sin ánimo de lucro, entre otros.
Ahora bien, el asunto de gran relevancia radica en: la mitigación del riesgo. La Superintendencia de Sociedades ha presentado 10 prácticas que deberán ser implementadas para prevenir y mitigar los riesgos de LA/FT derivados del COVID – 19, así:
- Implementar planes de continuidad de negocio en respuesta a la crisis que incluyan la implementación de medidas LA/FT con un enfoque basado en riesgos.
- Implementar protocolos claros de trabajo remoto dirigidos al talento humano con el objetivo de mantener un óptimo funcionamiento del SAGRLAFT con ocasión de la incertidumbre económica y los miedos causados por la pandemia.
- Identificar los riesgos asociados al COVID-19 de cara al tipo de negocio, la operación, el tamaño, las áreas geográficas donde opera, entre otras características particulares y establecer controles que se traduzcan en una disminución de la posibilidad del acaecimiento o impacto del riesgo LA/FT.
- Hacer uso responsable de los servicios digitales financieros y no financieros.
- Procurar mayor y mejor monitoreo en las transacciones financieras, sobre todo en las electrónicas de orden internacional.
- Hacer uso de un enfoque de debida diligencia del cliente y demás contrapartes basado en los nuevos riesgos asociados al COVID-19.
- Hacer uso de la identidad digital para identificar a los clientes en la incorporación y al realizar transacciones. Para ello, se podrá hacer uso de herramientas tales como la guía de identidad digital publicada por el Grupo de Acción Financiera (GAFI).
- Hacer uso de todas las herramientas y aplicativos disponibles en las empresas para identificar operaciones inusuales o sospechosas.
- Hacer uso de canales electrónicos y digitales con el fin de obtener los soportes de las operaciones, negocios y contratos.
- Dejar documentado el análisis de cada situación que pueda ser una fuente de riesgo LA/FT asociado al COVID-19, con el fin de implementar los controles necesarios y facilitar su seguimiento.